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Avala Tribunal Electoral al INE para continuar elección del Poder Judicial

La Sala Superior determinó que el INE no debe detener la organización de la elección del Poder Judicial, a pesar de amparos judiciales

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) decidió avalar la continuidad del Instituto Nacional Electoral (INE) en la organización de la elección del Poder Judicial, a pesar de los amparos concedidos por jueces que buscaban detener el proceso. En su resolución, advirtió que detener el proceso pondría en riesgo la elección y sería contrario a los principios establecidos en la Constitución.

La decisión fue tomada el 22 de octubre tras una votación en la que se pronunciaron a favor tres magistrados: Felipe de la Mata, Mónica Soto y Felipe Fuentes. Por otro lado, los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón votaron en contra de la resolución.

La acción declarativa emitida establece que el INE no tiene la facultad para detener sus actividades relacionadas con la organización de la elección judicial, a pesar de las suspensiones concedidas por jueces federales. Esta medida fue solicitada luego de que diversos jueces otorgaran amparos que buscaban frenar el proceso.

El 4 de octubre, la Secretaría Ejecutiva del INE solicitó formalmente a la Sala Superior del TEPJF emitir una acción declarativa para aclarar si debía o no suspender el proceso de organización. Esto debido a las suspensiones temporales otorgadas por jueces que respondían a impugnaciones legales en torno a la elección.

El contexto detrás de esta decisión tiene su origen en una serie de amparos interpuestos que buscaban detener el proceso de elección de miembros del Poder Judicial, argumentando posibles violaciones legales o constitucionales. No obstante, la Sala Superior subrayó que una suspensión comprometería el proceso electoral y, por tanto, la obligación constitucional de realizar la elección conforme a los tiempos establecidos.

De acuerdo con los magistrados que votaron a favor de la resolución, detener la organización representaría una vulneración de la autonomía del INE y del Poder Judicial, y también alteraría el equilibrio de poderes. En ese sentido, se precisó que las suspensiones judiciales no pueden anular el mandato constitucional de realizar elecciones en los tiempos y formas establecidos.

Los votos en contra argumentaron que la existencia de amparos otorgados por jueces debía ser respetada, ya que forman parte del marco jurídico vigente y su finalidad es precisamente garantizar los derechos de las partes involucradas en los procesos legales. Sin embargo, esta postura no fue mayoritaria y la resolución final respaldó la continuidad del proceso electoral.

Con esta determinación, el INE tiene luz verde para continuar con la organización del proceso, sin interrupciones, garantizando así la elección de los nuevos miembros del Poder Judicial.

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