Reprobado el Estado de Veracruz, incumple recomendaciones de Alerta de Género

  • - Por: Redacción

 

* Incumplen autoridades con todos los indicadores del Grupo de Trabajo 

 

* Ante omisión de los tres poderes se decreta 2da alerta de género en Veracruz 

 

* Se declara 1ra alerta por agravio comparado a nivel nacional

 

* Veracruz, el primer estado con dos alertas por violencia feminicida

 

 

La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM) decretó la segunda alerta por violencia de género para el estado de Veracruz, esta vez por agravio comparado, al no cumplir con ninguno de los indicadores del Grupo de Trabajo.

 

Después de un año de haberse decretado la primer alerta de género por violencia feminicida el 23 de noviembre de 2016, ante la omisión de los tres poderes, la CONAVIM decretó la 2da alerta de género en Veracruz este miércoles 13 de diciembre.

 

A pesar de haberle otorgado seis meses para el cumplimiento de una serie de recomendaciones, para garantizar el derecho de las mujeres a la salud reproductiva, y de los esfuerzos de organizaciones de la sociedad civil de allegarle información sobre los más altos estándares en la materia a las instancias responsables, las autoridades lo ignoraron, y minimizaron la problemática, por lo que esta declaratoria evidencia -una vez más- el desinterés del estado para garantizar los derechos sexuales y reproductivos y la no discriminación de las mujeres, niñas y adolescentes veracruzanas.

 

Las autoridades se negaron a modificar un marco jurídico que transgrede los derechos de las mujeres, y a generar políticas públicas que garanticen la salud reproductiva y la implementación efectiva de las causales de aborto, lo que atenta contra la vida, integridad y dignidad de las mujeres.

 

Las autoridades ponderaron su ideología y la defensa a ultranza de la vida desde la concepción, sin importarles la vida y la salud de las mujeres, ignorando recomendaciones internacionales como la Recomendación General 19 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU y del Mecanismo de Seguimiento Convención Belem Do Pará en el que recomendó: “despenalizar la interrupción del embarazo por motivos terapéuticos, sea para salvar la vida de la madre o sea para evitarle una daño grave o permanece a su salud física y mental, y despenalizar la interrupción del embarazo producido por violación”.

 

El dictamen emitido el día de ayer, hace una evaluación a partir de los indicadores elaborados por el Grupo de Trabajo para dar cumplimiento a las recomendaciones dirigidas a las tres poderes del Estado.

 

Poder Legislativo 

 

En la primera conclusión, dirigida al Poder Legislativo del estado de Veracruz que específicamente pide reformar los artículos 149, 150 y 154 del Código Penal de Veracruz. El Grupo de Trabajo valora los esfuerzos de la Diputada Tania Carola, vocal de la Comisión Permanente de Igualdad de Género que presentó una Iniciativa acorde a las recomendaciones del Informe, sin embargo, “integrantes de las Comisiones Dictaminadoras determinaron que las reformas que constituyen la Propuesta del Grupo de Trabajo era improcedente por considerarlas innecesarias. 

 

Ante ello, el dictamen señala que es improcedente que las reformas resulten innecesarias y pone en evidencia la ausencia de un análisis  bajo los estándares internacionales y constitucionales en materia de los derechos de las mujeres.

 

En específico, las acciones del estado no dan cumplimiento a los indicadores establecidos por el Grupo de Trabajo para:

 

1.- Eliminar las restricciones de los derechos humanos de las mujeres que contempla en Código Penal en los artículos 149, 150 y 154.

 

2.- Implementar una política pública armonizada con la Ley General y Estatal de víctimas y la Norma 046.

 

3.-Garantizar el derecho a la salud y el acceso a la justicia.

 

Poder Ejecutivo 

 

Respecto a la segunda conclusión dirigida al Poder Ejecutivo que implicaba presentar una iniciativa al Poder Legislativo para hacer efectivas las propuestas de reforma.

 

El dictamen señala que el estado no proporcionó información alguna en relación con esta propuesta, por lo que el Grupo de Trabajo considera que el poder Ejecutivo, no dio cumplimiento al único indicador establecido en la propuesta que era parte medular del agravio comparado.

 

En cuanto a las recomendaciones a la Secretaría de Salud y a la Fiscalía General de Justicia de divulgar e implementar la Ley de Víctimas y la NOM046 para su adecuada implementación, garantizando el acceso a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) por violación se recomendó:

 

-Elaborar un programa ILE que garantice la coordinación institucional efectiva para su acceso sin dilación, a partir de una interpretación desde una perspectiva integral de salud. 

 

-Difundir el reconocimiento de la ILE como un servicio de salud al que las mujeres tienen derecho, así como información sobre la ubicación y datos de contacto de los centros de salud en donde se brinda el servicio.

 

En cuanto a las acciones de difusión, las campañas éstas no fueron validadas, ni se estableció quién tendría que hacerlo. El programa ILE sólo se quedó como borrador y en él sólo se consideró la causal de aborto por violación omitiendo el resto de las causales realizadas en la propuesta.

 

A pesar del reconocimiento de las capacitaciones echas por el estado -éstas quedaron limitadas- ya que no incorporaron las implicaciones médicas y legales de la NOM 046, así como la aplicación de métodos seguros de la ILE.

 

-En cuánto a construir una bases de datos para conocer el número de solicitudes y efectivo acceso a la ILE por violación, el estado no proporcionó información ni evidencia.

 

Específicamente, la Secretaría de Salud tenía que garantizar que todas las regiones del estado, cuenten con centros de salud en los que provean servicios seguros, oportunas, de calidad y gratuitos para la ILE. Por otra parte, contar con personal de salud no objetores de conciencia, capacitado en métodos de ILE, así como registrar los abortos médicos llevados a cabo por tipo de causal.

 

En ese sentido, el Grupo analizó que se incumplieron los indicadores puesto que los hospitales y las instancias de salud, no aportaron elementos suficientes que garanticen que los hospitales identificados con personal no objetores, cuenten con los materiales necesarios para efectuar las ILE de manera segura y con un servicio de calidad.

 

Cabe mencionar que de los 32 hospitales que las autoridades señalaron que cuentan con médicos para practicar la ILE, únicamente Coatzacoalcos brinda servicios adecuados de acuerdo a la NOM46, asimismo el diagnóstico del programa ILE indica que Veracruz no cuenta con un procedimiento para llevar un programa ILE. Sumado a lo anterior, se señala que se cuenta con un directorio de un total de 181 servidores públicos del sector no objetores de conciencia, sin embargo, no se adjunta dicho documento. 

 

En cuanto a la Fiscalía, la recomendación principal era remitir de manera inmediata a mujeres víctimas de violación a los sectores de salud para que reciban atención integral hasta que se les pueda practicar la ILE, entre otras recomendaciones. Sin embargo, de tres carpetas de investigación en las que se remitió a la víctima a la Secretaría de Salud, en dos no hubo respuesta de la institución.

 

Poder Judicial

 

De las tres recomendaciones que se le hicieron, la que tenía que ver con que se investiguen y resuelvan con la debida diligencia y en plazo razonable los expedientes y carpetas de investigación iniciadas por el delito de aborto y homicidio en razón de parentesco, adoptando una perspectiva de género bajo los más altos estándares de protección de los derechos de las mujeres. 

 

Se identificaron 44 causas del periodo de 2003 a 2017 de las que -sólo se revisaron 20-, las cuales son por homicidio calificado o agravado, en las que se impusieron penas donde la mínima fue de 16 años y la máxima de 50 años. No se advierte caso alguno en el que se hubiera garantizado la reparación integral del daño para las víctimas de violación a los derechos humanos, por la falta de acceso al aborto legal, por el contrario de la evidencia analizada se desprende que las mujeres son criminalizadas y sancionadas con penas privativas de la libertad elevadas.

 

A pesar de las acciones realizadas por el Poder Judicial no se acreditó fehacientemente en qué casos de delitos de aborto se aplicó el control de convencionalidad y constitucionalidad.

 

En conclusión, nos encontramos frente a una segunda declaratoria en la que la autoridad minimizó la salud reproductiva de las mujeres, no reconoció la gravedad de la falta de garantías y acceso a servicios especializados de salud.

 

Tampoco reconoció que el marco normativo es discriminatorio y genera incertidumbre legal a los médicos a pesar de que en las diversas reuniones técnicas que se tuvieron con los médicos, estos reconocían que el marco legal les generaba miedo e incertidumbre para la práctica de la ILE. Situación que no tomó en cuenta el Ejecutivo ni el Legislativo para implementar de manera efectiva las recomendaciones. 

 

De manera contraria, fue permisivo para que la jerarquía católica y los grupos de derecha amenazaran constantemente para el incumplimiento, por lo que nosotras hace un mes exhortamos a la Comisión Especial de Alerta de Género a que el Poder Ejecutivo y Legislativo compareciera a rendir cuentas sobre su actuar en su negativa de cumplir con las recomendaciones. Ahora actualizamos nuestra petición para que la Comisión Especial pida la comparecencia a partir del dictamen de la declaratoria en la cuál queremos que establezca un plan de implementación con tiempos y plazos definidos.

 

Frente al retroceso de los derechos de las mujeres ganados -como organizaciones de la sociedad civil- agotaremos todos los recursos jurídicos disponibles para salvaguardar nuestros derechos. Acudiremos al Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU, el cual evaluará el próximo año al Estado Mexicano.

 

Católicas por el Derecho a Decidir A.C., Academia, Litigio Estratégico e Incidencia en Derechos Humanos, A.C. y Justicia, Derechos Humanos y Género A.C. organizaciones peticionarias de la Declaratoria de Alerta de Género por Agravio comparado para el estado de Veracruz exigimos:

 

-Cumplimiento inmediato y efectivo de la segunda declaratoria de Alerta de Género por Agravio Comparado.

 

-Garantías de cómo se cumplirá la alerta, con acciones y tiempos específicos donde permanentemente puedan estar rindiendo cuentas sobre su trabajo tanto a la CONAVIM, a la Comisión Especial de Alertas y a las organizaciones peticionarias.

 

-Pedimos a la CNDH que coadyuve con la CONAVIM para el cumplimiento eficaz de dicha alerta.

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