Prisión de hasta 7 años quien venda vacunas falsas: Barbosa

  • - Redacción

 

El mandatario anunció que enviará la iniciativa al Congreso local; “vamos a proteger a nuestra sociedad”, aseguró

 

Con el objetivo de proteger a las y los poblanos y evitar que algunas personas abusen de la situación que se vive por el COVID-19, el gobernador Miguel Barbosa Huerta presentará una iniciativa de reforma al Código Penal para tipificar como delito la venta de vacunas apócrifas contra el virus SARS-CoV2.

La propuesta legislativa propone castigar con penas que van de 5 a 7 años de prisión, para quienes comercialicen “vacunas falsas”.

En videoconferencia de prensa en Casa Aguayo, el titular del Ejecutivo resaltó que su gobierno no permitirá que exista engaño o fraude en este tema, por lo que es necesario realizar las reformas correspondientes.

Indicó que, a más tardar este jueves, su propuesta será enviada al Congreso del Estado para su análisis y aprobación: “vamos a proteger a nuestra sociedad, que no sea objeto de más daño por parte de quienes ven la oportunidad de obtener de manera ilícita ingresos a través del engaño”.

En su intervención, el consejero jurídico Ricardo Velázquez Cruz explicó que en el artículo 404 del Código Penal se aumentará la fracción vigésima primera que estipulará lo siguiente:

“A la persona que venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte sustancias que se ofrezcan como vacunas contra el SARS-CoV-2 (COVID-19) falsificadas, alteradas, contaminadas o adulteradas, ya sea en establecimientos o cualquier otro lugar. O las que vendan y entreguen sustancias falsas o que no estén autorizadas por la Comisión Federal de Protección Contra Riesgos Sanitarios, o que siendo verdaderas, originales y autorizadas no las entreguen”.

Además, precisó que la iniciativa aumentará la fracción V al artículo de penalidad que es el 403 para establecer lo siguiente:

“Aquellas personas que cometan estas conductas se les impondrán de cinco a siete años de prisión. La presente sanción se incrementará hasta en una mitad cuando el delito lo cometa un profesional de la salud y la suspensión de su cédula profesional o licencia comercial por diez años para el derecho de ejercer su profesión o comercio”.

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